Patria potestad en caso de divorcio o separación
La patria potestad alude al conjunto de derechos y deberes que la Ley concede a los padres para tomar decisiones elementales y representar a los hijos y a sus bienes. Normalmente tras una separación o divorcio es compartida por los dos cónyuges.
La privación de la patria potestad (en casos graves), significa que el cónyuge dejará de tomar decisiones respecto de los hijos, pero puede mantenerse el régimen de visitas o la prestación de alimentos
Incluye:
- La filiación determina los apellidos.
- La relación de parentesco en primer grado el que le une a padres-hijos.
- Obligación de velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral, además de representarlos y administrar sus bienes.
- Derecho de alimentos y cuidado. El hijo tiene derecho a ser alimentado, en el sentido amplio de alimentos relativo a todas las necesidades de la subsistencia, educación y asistencia médica, y a ser cuidado por sus padres
- Derechos sucesorios. Los hijos tienen derecho a una parte de los bienes sucesorios
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